lunes, 14 de julio de 2014
Google y el derecho a saber
Al quejarse de la reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el llamado derecho a olvidar, Eric Schmidt, de Google, ha invocado una intrigante defensa legal para justificar las agresivas prácticas de negocio de su empresa: el derecho a saber. El tribunal quiere que Google permita a los usuarios que indiquen aquellos resultados de búsqueda de sus nombres que sean “inadecuados, irrelevantes o que ya no son relevantes”, de manera que puedan ser eliminados de los índices de búsqueda. Argumentando que la medida implica “una colisión entre el derecho a ser olvidado y el derecho a saber”, Schmidt quiere que creamos que el tribunal ha cometido un error, mientras que los sabiondos cerebritos de Google han acertado al primer intento con el equilibrio adecuado.
¿Qué es ese derecho a saber? ¿Quién tiene derecho a él y quién no? Pensemos en cualquier otro negocio que no puede permitirse el lujo de usar nuestro encaprichamiento colectivo con la tecnología digital como un escudo contra la regulación. ¿Qué compañía no querría saber más sobre potenciales clientes y empleados? Los bancos y las compañías de seguros estarían encantados de saber todo sobre nosotros: cuanto más supieran, mejor para su negocio.
Por ejemplo, saber que por la mañana bebes café y no jugo de repollo seguramente mejoraría su capacidad de predecir si puedes sufrir un ataque al corazón en los próximos cinco años, una información muy relevante para decidir concederte un préstamo o un seguro y en qué condiciones. Uno no tiene que esforzarse mucho para descubrir lo que bebemos en el desayuno; esa información por lo general ya está disponible en Facebook y en Instagram. Y han surgido muchas compañías avispadas para poder hacer de esa información algo sumamente factible. Como señala Douglas Merrill, el antiguo director de la oficina de información de Google y fundador de ZestFinance, una startup (compañía de arranque) que controla más de 80.000 datos para valorar tu idoneidad para concederte un crédito: “Todos los datos son datos de crédito”.
Desde el punto de vista de las instituciones financieras eso es indudablemente cierto. Pero un mundo en el que todos los datos son datos de crédito es también un mundo en el que cada decisión que tomemos estará enturbiada por la paranoia y la preocupación de cómo afectará eso a nuestra solvencia crediticia: solo a los bancos y a las agencias de espionaje les gustaría vivir en ese mundo. Y ambos, ciertamente, no tienen nada que se parezca al derecho a saber, si por tal derecho entendemos un acceso sin condiciones ni restricciones a cualquier información de la que sean capaces de apropiarse. De otro modo, ZestFinance estaría utilizando 800.000 datos, no 80.000. Esa es la razón por la que algunos países se esfuerzan por impedir que sus instituciones de crédito incorporen datos de las redes sociales a sus tomas de decisiones. Pero tales esfuerzos solo tienen éxito cuando el propio proceso de toma de decisiones está sometido a un estricto control. ¿Cómo se hace cumplir una ley que prohíbe a los empleadores curiosear cómo intervienen en las redes sociales sus potenciales empleados? Al fin y al cabo, uno puede hacerlo fuera de horas de trabajo y simular que la decisión de no contratar a alguien se debió a un factor subjetivo.
“Un derecho a ser olvidado” es un paso hacia el logro del objetivo pretendido mediante tales regulaciones, pero esta vez, en lugar de esperar que esas instituciones no abusen de la información on line, lo que se hace es permitir que los ciudadanos puedan tomar medidas por su cuenta. Dejar que los ciudadanos eliminen —tal vez temporalmente— de los índices de búsqueda aspectos problemáticos de su actual y anterior estilo de vida es lo menos que podemos hacer. Sin embargo, si no nos parece alarmante imponer barreras al hambre de datos de bancos y compañías de seguros, ¿por qué deberíamos hacer una excepción con los motores de búsqueda? El modelo de Google no es diferente: recopila tanta información como le es posible, la organiza del modo más útil (y por lo tanto rentable) y hace dinero con ella.
Por supuesto, son los usuarios normales y corrientes —usted y yo— los que vamos a obtener ventaja de los esfuerzos en favor de esa organización del conocimiento, así que, como es de esperar, hay más gente que simpatiza con Google que con, digamos, los bancos. ¿Pero hay una buena razón para creer que un modelo de organización del conocimiento que favorece los intereses comerciales de Google es también el que favorece el interés público? Por supuesto que no: si Google funciona del modo en que lo hace no es porque no sea posible otro motor de búsqueda, sino porque hemos fracasado en dar con una visión más humana, tolerante e indulgente de organizar nuestro conocimiento colectivo. Lo que no quiere decir que esa visión no exista, solo que Google ha hecho todo por convencernos de que la suya es la única disponible.
Puesto que Google está en el negocio de la información, cualquier esfuerzo por regularlo es inevitablemente descrito como censura, como lo revela la observación de Schmidt sobre el derecho a saber. Pero, desde luego, en el suyo la información no queda eliminada por completo —uno puede seguir encontrándola, aunque a coste más alto—, simplemente se hace menos visible.
El lema de The Circle —la compañía que protagoniza la distópica novela del mismo nombre de Dave Egger sobre un gigante tecnológico con un inquietante parecido con Google— es: “Los secretos son mentiras. Querer es compartir. La intimidad es robo”. Bien, a esas tres frases podemos añadir ahora una cuarta: regulación es censura. Si una compañía como ZestFinance —la que cree que “todos los datos son datos de crédito”— recurriera a semejante truco retórico, seguro que nos partiríamos de risa. Sin embargo, cuando lo hace Google, sus palabras se ven con la seriedad que se da a sabios y filósofos, no a las corporaciones codiciosas.
Schmidt no dice nada sobre ello, pero Google viola el derecho a saber todo el tiempo. Por ejemplo, ya elimina resultados de búsqueda cuando lo solicitan diversos proveedores de contenidos —editoriales, estudios de cine, compañías discográficas— que tienen su propia vía legal para exigir que se supriman de Google los vínculos con material protegido por copyright. Así que la cómoda defensa de que el tribunal de Luxemburgo está solicitando una cosa que es técnicamente imposible no se sostiene: Google ya hace algo que se parece mucho a eso.
Pero si esa avenida está abierta para los propietarios de un copyright —empresas, en su mayoría—, ¿por qué no habría de abrirse a los ciudadanos cuyas demandas no son menos legítimas que las de los que poseen ese copyright? ¿Y por qué no está preocupado Schmidt con el derecho a saber de estos últimos? ¿Acaso es porque la industria de los contenidos está mucho mejor organizada (cuenta con grupos de presión tan poderosos como los de Google) que los ciudadanos normales y corrientes?
Que Google cumpla con lo dictaminado por el tribunal no es bastante; lo que importa es cómo lo haga. Cada vez que Google elimina vínculos con películas o libros pirateados, habitualmente coloca un aviso legal a pie de página, informando a los usuarios cuántos vínculos se eliminaron y por qué. Resulta tentador pensar que un sistema de avisos similar pueda funcionar con el derecho a olvidar, pero, a decir verdad, puede conducir a un desastre mucho peor que la situación actual.
¿De verdad contrataría a alguien cuya página de búsqueda indicase que ciertos vínculos desagradables y perjudiciales para su reputación se han eliminado de ella? Saber que alguien es un depravado sin saber en qué consiste exactamente su depravación es a menudo peor que el conocimiento preciso de qué es lo que haya hecho: nuestra imaginación puede ser más salvaje que la realidad misma. En este caso, un sistema de avisos haría más mal que bien. El derecho a saber hasta qué punto el interés comercial de Google conforma su práctica retórica y técnica: ese sería, realmente, un derecho a saber que merecería la pena promover.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario