martes, 6 de enero de 2015

Multas por violación de propiedad intelectual

Desde ayer está vigente en España la polémica Ley de Propiedad Intelectual, que multará con “entre 150.000 y 600.000 euros a aquellas páginas web que vulneren los derechos de propiedad intelectual en Internet, así como las multas del mismo importe para aquellos prestadores de servicios de intermediación, los servicios de pagos electrónicos o de publicidad que se nieguen a suspender el servicio a la web infractora”, según publicó ayer el periódico ABC.

Sobre el tema, el diario español El País señala como la novedad más polémica de esta ley la “llamada tasa Google o canon Aede (por ser una reivindicación histórica de la Asociación de Editores de Diarios Españoles). De acuerdo a esta tasa, los agregadores de noticias, como Google News o Menéame, a partir de ayer deben pagar a los editores una compensación por publicar “fragmentos no significativos” de sus artículos.

“La ley establece que el cobro es un ‘derecho irrenunciable’, de ahí que a Google sólo se le ocurriera una alternativa para evitar pagar: ha dejado de incluir noticias de medios españoles en Google News”, explica el rotativo.

Otro aspecto polémico de la citada ley, y que destaca El País, es “la obligación para las universidades de pagar a Cedro (la entidad de gestión de los libros) por usar manuales y textos universitarios en los campos virtuales”.

Este canon, según la ley es irrenunciable, ya que dispone que “incluso si el propio autor del manual quisiera ponerlo a disposición libremente, estaría obligado a ser remunerado”.

La Ley de Propiedad Intelectual española también “aumenta el control y las obligaciones de transparencia” sobre organismos como la Sociedad General de Autores y Editores.

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